Última revisión
Caso práctico: Jornada aplicable a contrato de interinidad para sustitución de trabajadora en reducción de jornada por cuidado de hijos.
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 13/06/2018
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Tenemos una trabajadora, que después de la maternidad va a coger reducción de jornada por cuidado de hijos, reduciendo la jornada tres horas diarias, queremos real
izar un contrato de interinidad a otra persona
- ¿Debe ser obligatoriamente por esas tres horas o puede ser de cuatro horas?
RESPUESTA
El porcentaje de jornada a cubrir ha de ser igual al no realizado por la persona sustituida, en su caso, completando la jornada no realizada
El apdo. 2, art. 5,
«2. El contrato de interinidad deberá celebrarse a jornada completa excepto en los dos supuestos siguientes:
a) Cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial.
b) Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida de los trabajadores que ejerciten los derechos reconocidos en el artículo 37, apartados 4. bis y 5 del
Puede consultar:
J-4753219