Caso práctico: Jornada ap... de hijos.

Última revisión
13/06/2018

Caso práctico: Jornada aplicable a contrato de interinidad para sustitución de trabajadora en reducción de jornada por cuidado de hijos.

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Relacionados:

Orden: laboral

Fecha última revisión: 13/06/2018

Resumen:

Tenemos una trabajadora, que después de la maternidad va a coger reducción de jornada por cuidado de hijos, reduciendo la jornada tres horas diarias. Queremos realizar un contrato de interinidad a otra persona ¿debe ser obligatoriamente por esas tres horas o puede ser por más horas?

PLANTEAMIENTO

Tenemos una trabajadora, que después de la maternidad va a coger reducción de jornada por cuidado de hijos, reduciendo la jornada tres horas diarias, queremos real

izar un contrato de interinidad a otra persona

  • ¿Debe ser obligatoriamente por esas tres horas o puede ser de cuatro horas?

RESPUESTA

El porcentaje de jornada a cubrir ha de ser igual al no realizado por la persona sustituida, en su caso, completando la jornada no realizada

El apdo. 2, art. 5, Real Decreto 2720/1998 de 18 de Dic (desarrolla el art. 15 del ET en materia de contratos de duracion determinada), especifica:

«2. El contrato de interinidad deberá celebrarse a jornada completa excepto en los dos supuestos siguientes:

a) Cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial.

b) Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida de los trabajadores que ejerciten los derechos reconocidos en el artículo 37, apartados 4. bis y 5 del Estatuto de los Trabajadores, o en aquellos otros casos en que, de conformidad con lo establecido legal o convencionalmente, se haya acordado una reducción temporal de la jornada del trabajador sustituido, incluidos los supuestos en que los trabajadores disfruten a tiempo parcial del permiso de maternidad, adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente, de acuerdo con lo establecido en el párrafo sexto del apartado 4 del artículo 48, del Estatuto de los Trabajadores

Puede consultar:

J-4753219

Caso práctico: Contrato de Interinidad. ¿Tiene que cobrar lo mismo el interino que el trabajador/a sustituido?

Caso práctico: Contratación sin costes para cubrir una baja por maternidad.

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