Caso práctico: Jubilación activa finalizada en abril de 2021, ¿cómo se imputa en el IRPF?

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  • Orden: Fiscal
  • Fecha última revisión: 28/02/2023
  • Origen: Iberley

PLANTEAMIENTO

La DGT en la resolución V1241-19 manifiesta que el hecho acaece cuando se acaba la jubilación activa y se percibe el 100% de la pensión y por tanto el rescate puedo hacerlo dentro de los 2 ejercicios 2022 y 2023 e  indica que la posibilidad de rescate, con el 40% de bonificación, se puede imputar en los dos ejercicios posteriores. ¿Cómo se aplica la reducción en el IRPF?

RESPUESTA

La parte de los derechos consolidados generados con anterioridad al 1 de enero de 2007 les será de aplicación la reducción del 40 por ciento. El resto tributarán de manera íntegra como rendimientos del trabajo.

Esta reducción será aplicada una única vez, esto es que si hace rescates parciales, en el segundo y posteriores, no tendrán derecho a la reducción. DT 11º de la LIRPF

Jubilación activa
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Bonificaciones
Ejercicio posterior
Rendimientos del trabajo

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