Última revisión
13/06/2024
Caso práctico: ¿La interposición de un recurso, que no procede, interrumpe el plazo para el recurso contencioso-administrativo?
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 13/06/2024
La interposición errónea de recursos administrativos no interrumpe plazos para la vía contenciosa, salvo que el error se deba a la equivocada información que transmita la Administración.
PLANTEAMIENTO
Una empresa presenta una oferta en un procedimiento de licitación de un contrato de obras. El pleno del ayuntamiento acuerda declarar desierta la licitación al tener por retirada la proposición de la licitadora al no haber aportado la documentación que se la había requerido.
Frente a este acuerdo la licitadora interpone recurso de reposición el cual se inadmite, ya que el recurso del q...
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