Última revisión
13/04/2026
Caso práctico: ¿La reducción por rentas del trabajo con período de generación superior a dos años se tiene en cuenta de cara a los límites de la obligación de declarar?
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Tiempo de lectura: 7 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 13/04/2026
La reducción del 30 % del art. 18.2 de la LIRPF no se computa para el límite de la obligación de declarar, que atiende a rendimientos íntegros.
PLANTEAMIENTO
En 2025, Mateo percibe de la Seguridad Social cantidades atrasadas reconocidas por resolución judicial firme, correspondientes a varios ejercicios anteriores y derivadas de una prestación que, conforme al criterio administrativo aplicable, puede beneficiarse de la reducción del 30 % del artículo 18.2 de la LIRPF, por corresponder a rendimientos del trabajo con período de generación ...
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