Última revisión
Caso práctico: ¿Cómo oponerse a una ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas?
Relacionados:
Orden: mercantil
Fecha última revisión: 01/01/2024
Resumen:
En el presente caso se examinan los mecanismos de oposición a una ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas.
PLANTEAMIENTO
«A» es objeto de un procedimiento de ejecución hipotecaria de un crédito hipotecario que, según considera, contiene cláusulas abusivas. ¿En base a qué motivos puede «A» fundamentar su oposición a la ejecución?
RESPUESTA
En primer lugar, hemos de recordar que conforme a reiterada jurisprudencia del TJUE, el Juez nacional deberá examinar de oficio el carácter abusivo de una cláusula contractual tan pronto como disponga de los elementos de hecho y de Derecho necesarios para ello (por todas,
En cuanto a la fundamentación legal de la oposición, el art. 557.2 de la
«4.ª El carácter abusivo de una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución o que hubiese determinado la cantidad exigible».
Sin embargo, no toda cláusula calificada como abusiva es susceptible de suspender el procedimiento de ejecución o de ser tenida por no puesta. Únicamente lo serán:
- Las cláusulas que sean fundamento esencial de la ejecución hipotecaria (como la cláusula de vencimiento anticipado de toda la obligación por causas que se estimen abusivas). El efecto que produce su apreciación es el sobreseimiento del procedimiento de ejecución.
- Las cláusulas que sean determinantes de la cantidad exigible en la ejecución (como pactar intereses de demora más allá del límite legal). En este caso, el procedimiento de ejecución no se suspende, pero se despachará la ejecución teniendo por no puesta la cláusula nula.