Última revisión
25/02/2025
Caso práctico: ¿Los socios de una asociación declarada de utilidad pública pueden deducirse en el IRPF las cuotas abonadas?
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Tiempo de lectura: 4 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/02/2025
Las cuotas satisfechas por los socios a las asociaciones de las que son miembros no tienen carácter deducible en el IRPF como regla general. Sin embargo, y de manera excepcional, se pueden asimilar a los donativos de cara a su deducción en el IRPF, siempre que concurran determinadas circunstancias.
PLANTEAMIENTO
Un contribuyente es socio de una asociación declarada de utilidad pública. ¿Podrá deducirse en su IRPF las cuotas que abona a la asociación de la que es miembro?
RESPUESTA
Como regla general, las cuotas satisfechas por los socios a las asociaciones de las que son miembros no tienen carácter deducible en el IRPF, puesto que las aportaciones realizadas por tal concepto no resultan asimila...
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