Caso práctico: Modificación de la opción de tributación en el IRPF tras presentar la declaración.
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Sentencia Administrativo Nº 38/2009, TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 531/2005, 22-01-2009
Órden: Administrativo Fecha: 22/01/2009 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Aragones Beltran, Emilio Rodrigo Num. Sentencia: 38/2009 Num. Recurso: 531/2005
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Sentencia Contencioso-Administrativo Nº 991/2016, TSJ Cataluña, Sala de lo Contencioso, Sec. 1, Rec 102/2013, 24-11-2016
Órden: Administrativo Fecha: 24/11/2016 Tribunal: Tsj Cataluña Ponente: Gomez Ruiz, Jose Luis Num. Sentencia: 991/2016 Num. Recurso: 102/2013
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Sentencia Administrativo Nº 20552/2014, TSJ Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 14/2011, 23-09-2014
Órden: Administrativo Fecha: 23/09/2014 Tribunal: Tsj Castilla-la Mancha Ponente: Martinez-escribano Gomez, Jesus Num. Sentencia: 20552/2014 Num. Recurso: 14/2011
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Sentencia Administrativo Nº 969/2015, TSJ Murcia, Sala de lo Contencioso, Sec. 2, Rec 359/2013, 27-12-2015
Órden: Administrativo Fecha: 27/12/2015 Tribunal: Tsj Murcia Ponente: Saez Domenech, Abel Angel Num. Sentencia: 969/2015 Num. Recurso: 359/2013
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Sentencia Administrativo Nº 529/2012, TSJ Cataluña, Rec 1345/2008, 16-05-2012
Órden: Administrativo Fecha: 16/05/2012 Tribunal: Tsj Cataluña Num. Sentencia: 529/2012 Num. Recurso: 1345/2008
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Deducción IRPF por adquisición de material escolar Comunidad Valenciana ejercicio 2017
Órden: Fiscal Fecha última revisión: 01/02/2018
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Valenciana se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por adquisición de material escolar de 100€ por cada hijo o menor acogido en la modalidad de acog...
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Deducción IRPF por conciliación del trabajo con la vida familiar Comunidad Valenciana ejercicio 2017
Órden: Fiscal Fecha última revisión: 01/02/2018
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Valenciana se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por conciliación del trabajo con la vida familiar de 418€ por cada hijo o menor acogido en la mo...
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Deducción IRPF por nacimiento o adopción múltiples Comunidad Valenciana ejercicio 2017
Órden: Fiscal Fecha última revisión: 01/02/2018
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Valenciana se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF por nacimiento o adopción múltiples, de 224€. La aplicación de esta deducción resultará comp...
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Deducción IRPF por discapacidad del contribuyente Comunidad Valenciana ejercicio 2017
Órden: Fiscal Fecha última revisión: 01/02/2018
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en la Comunidad Valenciana se reconoce una deducción en la cuota íntegra autonómica del IRPF para contribuyentes discapacitados, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, de edad igu...
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Deducciones IRPF inversión vivienda habitual protegida menores y 35 años Andalucía ejercicio 2017
Órden: Fiscal Fecha última revisión: 15/01/2018
ResumenPara contribuyentes con residencia habitual en Andalucía se reconocen, sin perjuicio de la aplicación del tramo autonómico de la deducción por inversión en vivienda habitual establecida en la normativa estatal del IRPF, dos deducciones...
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Escrito de rectificación de autoliquidación con devolución de ingresos indebidos
Fecha última revisión: 20/11/2017
AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAADMINISTRACIÓN DE LA AEAT DE [COMUNIDAD_AUTONOMA]ÓRGANO COMPETENTE Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), EXPONE...
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Rectificación de autoliquidación en el Impuesto sobre Sociedades
Fecha última revisión: 05/04/2016
NOTA: Cuando un obligado tributario considere que una autoliquidación ha perjudicado de cualquier modo sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación de acuerdo con el procedimiento que se regule reglamentaria...
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Informe sobre la aplicación del acuerdo de valoración de las operaciones realizadas con personas o entidades vinculadas
Fecha última revisión: 30/03/2016
NOTA: Conjuntamente con la declaración del Impuesto sobre Sociedades, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, los obligados tributarios presentarán un escrito relativo a la aplicación...
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Modelo 100. IRPF, Modelo 102. IRPF
Fecha última revisión: 08/03/2018
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Formulario de solicitud de rectificación de autoliquidación por recuperación de la condición de contribuyente. IRPF
Fecha última revisión: 13/10/2017
A LA AGENCIA ESTATAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DELEGACIÓN DE [PROVINCIA][ESPECIFICAR] Don/Doña [NOMBRE] con NIF [NIF] y domicilio a efectos de notificaciones en [DOMICILIO], actuando en su propio nombre (1), comparece y EXPONE PRIMERO. Qu...
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Caso práctico: Regularización de la situación del trabajador:retenciones incorrectamente practicadas
Fecha última revisión: 22/07/2015
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Análisis de la STSJ Com. Valenciana 19/01/2007, nº Recurso 1058/2005. Rectificación de declaración IRPF de conjunta a individual.
Fecha última revisión: 13/01/2017
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Análisis de la Resolución TEAC 3850/2013. Efecto fiscal del traslado de la parte que le toca al socio en la cuota del IS liquidada a la sociedad disuelta.
Fecha última revisión: 16/01/2017
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IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - ANDALUCÍA 2009 - DEDUCCIÓN PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE MUJERES EMPRENDEDORAS
Fecha última revisión: 01/01/2017
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IRPF HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - ANDALUCÍA 2008 - DEDUCCIÓN PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE JOVENES EMPRENDEDORES
Fecha última revisión: 01/01/2017
PLANTEAMIENTODebido a una liquidación de la Agencia Tributaria por unas retenciones incorrectamente practicadas a un trabajador por el ejercicio 2014, la empresa repercute al trabajador las retenciones no practicadas en su momento y le entrega un nu...
PLANTEAMIENTO La AEAT notifica a un contribuyente (demandante) trámite de audiencia y propuesta de liquidación a declaración de IRPF del ejercicio de 2000, aumentando la base imponible declarada en ganancias patrimoniales.El demandante alega en c...
PLANTEAMIENTOUn obligado tributario presentó declaración-liquidación por el IRPF del ejercicio 2007, acogiéndose a la forma de tributación individual.- En escritura pública otorgada en fecha día 20 de junio de 2007 la sociedad GA acuerda su di...
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Resolución de TEAC, 00/8430/1995, 24-06-1999
Órgano: Tribunal Económico Administrativo Central Fecha: 24/06/1999
- Núm. Resolución: 00/8430/1995
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Resolución de TEAF Navarra, 960503, 31-03-2000
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 31/03/2000
- Núm. Resolución: 960503
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Resolución de TEAF Navarra, 960058, 18-12-1998
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 18/12/1998
- Núm. Resolución: 960058
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Resolución de TEAF Álava, 18-12-2008
Órgano: Tribunal Económico-administrativo Foral De álava Fecha: 18/12/2008
- Núm. Resolución: R080101
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Resolución de TEAF Navarra, 990247, 10-05-1999
Órgano: Tribunal Economico Administrativo Comunidad Foral De Navarra Fecha: 10/05/1999
- Núm. Resolución: 990247
- Orden: Fiscal
- Fecha última revisión: 04/01/2017
- Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
Un contribuyente ha presentado su declaración de IRPF el 20 de mayo de forma telemática mediante el programa PADRE. En la realización de la misma opta por la tributación individual. Posteriormente se da cuenta de que le hubiese salido más favorable la opción por tributación conjunta.
1. ¿Puede dicho contribuyente cambiar la opción de tributación y presentar nueva declaración?
2. ¿Cuál sería en su caso el procedimiento adecuado?
RESPUESTA
1. Sería posible cambiar la opción de tributación de individual a conjunta antes de finalizar el plazo reglamentario de declaración.
2. Procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones
ANÁLISIS
En relación con estas cuestiones dispone el 83.2 ,LIRPF:
“La opción por la tributación conjunta deberá abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar. Si uno de ellos presenta declaración individual, los restantes deberán utilizar el mismo régimen.
La opción ejercitada para un período impositivo no podrá ser modificada con posterioridad respecto del mismo una vez finalizado el plazo reglamentario de declaración.”
En base al citado precepto, sería posible cambiar la opción de tributación de individual a conjunta antes de finalizar el plazo reglamentario de declaración.
Por otro lado, la ley General Tributaria, en su Art. 120 ,LGT establece lo siguiente.
“(…)
3. Cuando un obligado tributario considere que una autoliquidación ha perjudicado de cualquier modo sus intereses legítimos, podrá instar la rectificación de dicha autoliquidación de acuerdo con el procedimiento que se regule reglamentariamente.
Cuando la rectificación de una autoliquidación origine una devolución derivada de la normativa del tributo y hubieran transcurrido seis meses sin que se hubiera ordenado el pago por causa imputable a la Administración tributaria, ésta abonará el interés de demora del artículo 26 de esta ley sobre el importe de la devolución que proceda, sin necesidad de que el obligado lo solicite. A estos efectos, el plazo de seis meses comenzará a contarse a partir de la finalización del plazo para la presentación de la autoliquidación o, si éste hubiese concluido, a partir de la presentación de la solicitud de rectificación.
Cuando la rectificación de una autoliquidación origine la devolución de un ingreso indebido, la Administración tributaria abonará el interés de demora en los términos señalados en el apartado 2 del artículo 32 de esta ley.”
El procedimiento para la rectificación de autoliquidaciones se regula en los Art. 126 ,REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio y siguientes.
En este sentido, si no resulta posible la presentación telemática de la nueva autoliquidación, sería preciso presentarla impresa, acompañando un escrito en el que se comunique que se cambia de opción de tributación de individual a conjunta, y solicitan dentro del plazo reglamentario que se sustituya la declaración inicial (adjuntar una copia) por ésta última por resultar más favorable a los intereses del contribuyente.
BASE JURÍDICA
- REAL DECRETO 1065/2007, de 27 de julio
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Ley General Tributaria (Ley 58/2003 de 17 de Dic) VIGENTE
- Boletín: Boletín Oficial del Estado
- Número: 302
- Fecha de Publicación: 18/12/2003
- Fecha de entrada en vigor: 01/07/2004
- Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 11ª. Entrada en vigor.
- D.F. 10ª. Desarrollo normativo de actuaciones y procedimientos por medios electrónicos, informáticos y telemáticos y relativos a medios de autenticación.
- D.F. 9ª. Habilitación normativa.
- D.F. 8ª. Modificación de la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.
- D.F. 7ª. Modificación de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
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Ley 35/2006 de 28 de Nov (IRPF -Impuesto sobre la renta de las personas físicas-) VIGENTE
- Boletín: Boletín Oficial del Estado
- Número: 285
- Fecha de Publicación: 29/11/2006
- Fecha de entrada en vigor: 01/01/2007
- Órgano Emisor: Jefatura Del Estado
- D.F. 8ª. Entrada en vigor.
- D.F. 7ª. Habilitación normativa.
- D.F. 6ª. Habilitación para la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- D.F. 5ª. Modificación del texto refundido de la Ley de regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre.
- D.F. 4ª. Modificación de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio.
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Real Decreto 1065/2007 de 27 de Jul (Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas de los procedimientos de aplicación de los tributos) VIGENTE
- Boletín: Boletín Oficial del Estado
- Número: 213
- Fecha de Publicación: 05/09/2007
- Fecha de entrada en vigor: 01/01/2008
- Órgano Emisor: Ministerio De Economia Y Hacienda
- Anexo al Reglamento al General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007
- D.F. UNICA. Habilitación normativa.
- DISPOSICIONES FINALES
- D.T. 4ª. Declaración de las actividades económicas desarrolladas de acuerdo con la codificación prevista en la CNAE2009.
- D.T. 3ª. Obligaciones de información de carácter general.