Caso práctico: Modificaci...e ingresos

Última revisión
21/11/2023

Caso práctico: Modificación de la prestación de alimentos por incremento de ingresos

Tiempo de lectura: 2 min

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Orden: civil

Fecha última revisión: 21/11/2023

Origen: Iberley

Resumen:

Análisis de las circunstancias que deben concurrir cuando se produce un aumento de los ingresos del obligado a prestar alimentos para incrementar su cuantía.

PLANTEAMIENTO

Un progenitor, obligado por decisión judicial a pagar una pensión alimenticia a su hijo, por modificaciones de su horario laboral ha pasado a realizar guardias nocturnas y ha visto su sueldo incrementando de manera relevante. ¿Tiene derecho el hijo a un aumento de la pensión ya que ahora los ingresos de su progenitor son mayores?

RESPUESTA

Si se cumplen una serie de requisitos que pasaremos a detallar a continuación, sí, podría darse el caso de un aumento del importe de la pensión alimenticia.

En primer lugar, debe señalarse que el hecho de cuantificar económicamente la contribución de uno de los progenitores no significa que este sea el único obligado al pago de los alimentos, dado que el progenitor al que se atribuyó la guarda y custodia de los hijos también está obligado a contribuir a los alimentos (art. 93 del Código Civil).

Transcurrido el tiempo, es posible que la proporcionalidad se altere en caso de que uno de los cónyuges aumente su fortuna, pero este rasgo no opera automáticamente sino que es necesario, además del aludido aumento de fortuna, el incremento de los gastos de los hijos o la disminución de los ingresos del otro cónyuge, tal y como establecen los artículos 146 y 147 del Código Civil.

Características de un incremento en los ingresos para que tenga relevancia jurídica:

1.- Debe ser real, no una mera expectativa.

2.- Sustancial o de cierta importancia.

3.- Permanente, no opera la modificación cuando se reciban ingresos con carácter extraordinario. A modo de ejemplo, cabe señalar que algunas audiencias han aumentado el importe de la pensión cuando se ha finalizado la amortización de créditos, si bien hay que aplicar esta postura cuando las cargas fueran muy elevadas.

4.- No debe ir acompañado de un aumento de los gastos o de las cargas del obligado al pago. Esto es, no se tendrán en cuenta los ingresos debidos a horas extraordinarias, plus de peligrosidad, etc., que sean consecuencia de las mayores obligaciones que pesan sobre el obligado al pago.

Si el incremento de los ingresos del alimentante cumple estos requisitos aumentará el importe de la pensión alimenticia. Sin embargo, respecto a la cuantía de dicho aumento, esta no será proporcional a la elevación del salario, sino que será el resultado de volver a analizar todos los elementos que intervienen en la fijación de la cuantía de la pensión alimenticia.

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