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Caso práctico: Nueva tarifa plana autónomos para reincorporación tras baja maternal ¿qué pasa con las autónomas ya reincorporadas?
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PLANTEAMIENTO
Me pregunta una trabajadora autónoma que se ha reincorporado a la actividad tras la maternidad hace unas semanas (10 días justos antes de la entrada en vigor de la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo) si podría tener acceso a las bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo tras la maternidad establecidas en el art. 7 de la nueva Ley (artículo 38 bis, LETA) ?
RESPUESTA
La nueva tarifa plana de autónomos aplicable en los casos de reincorporación a la actividad tras maternidad entrará en vigor el 1 de enero de 2018.
Salvo especificación normativa posterior (que aún no se ha realizado) no se ha establecido un régimen de transitoriedad para las autónomas ya reincorporadas con anterioridad.
Bajo mi punto de vista a pesar de establecerse el requisito de que "vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha del cese", en caso de volver a la actividad en 2017 no tendría derecho al acceso a las "Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen al trabajo en determinados supuestos." ya que la norma entra en vigor en 2018