Última revisión
13/11/2024
Caso práctico: Pago de la paga extraordinaria durante el período de baja por cuidado y nacimiento del menor
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 13/11/2024
Durante la situación de baja por maternidad de una trabajadora, la empresa solo debe abonar la paga extra a razón de la proporción del tiempo trabajado, porque la prestación supone el abono del 100% de la base de cotización, sin perjuicio de las mejoras que puedan establecerse por convenio colectivo.
PLANTEAMIENTO
La empresa «X» tiene a una trabajadora con la categoría de dependienta en el Convenio de comercio vario para la provincia de Madrid, que se encuentra de baja por nacimiento y cuidado del menor. Ante la proximidad del devengo de la paga extra de verano.
- ¿Tiene la empresa que abonar la paga íntegra a la trabajadora por nacimiento y cuidado del menor?
RESPUESTA
Sólo tiene que abonar la paga...
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