Última revisión
04/04/2025
Caso práctico: Permisos retribuidos y su disfrute tras las vacaciones
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 04/04/2025
La AN establece que los permisos retribuidos no pueden disfrutarse tras vacaciones; deben corresponder a la obligación de trabajar, no a bajas por enfermedad.
PLANTEAMIENTO
¿Un permiso retribuido generado en vacaciones debe disfrutarse el primer día hábil siguiente a las mismas?
RESPUESTA
La SAN n.º 47/2020, de 6 de julio de 2020, ECLI:ES:AN:2020:1476, parece cerrar el debate, diferenciando entre una situación de incapacidad temporal surgida durante las vacaciones a un permiso retribuido, habida cuenta de las finalidades divergentes de estos dos tipos de s...
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