Última revisión
11/12/2024
Caso práctico: ¿Procede la absorción del plus convenio si el salario percibido por el trabajador el superior al fijado en el convenio colectivo?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 11/12/2024
PLANTEAMIENTO
Al trabajador «A» se le aplica el convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería; oficinas de estudios técnicos; inspección, supervisión y control técnico y de calidad.
No está percibiendo en su nómina el plus convenio, porque el trabajador percibe una retribución superior a la establecida en el Convenio Colectivo en virtud de su contrato de trabajo.
- Dado que el trabajador cobra por encima de convenio y la empresa le paga ya unas mejoras estipuladas por contrato, ¿operaría la absorción y compensación respecto del plus convenio?
RESPUESTA
Sí. En primer lugar, en virtud del art. 26.5 del ET, «Operará la compensación y absorción cuando los salarios realmente abonados, en su conjunto y cómputo anual, sean más favorables para los trabajadores que los fijados en el orden normativo o convencional de referencia».
Además, en este caso, según el art 7 del convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería; oficinas de estudios técnicos; inspección, supervisión y control técnico y de calidad, el plus del convenio sería compensable en su conjunto y cómputo anual con las mejoras de cualquier tipo que vinieran anteriormente satisfaciendo las empresas
