Última revisión
22/04/2025
Caso práctico: ¿Pueden considerarse como pérdidas del negocio las cantidades satisfechas en concepto de señal y fianza?
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 5 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 22/04/2025
La pérdida de la fianza derivada de la resolución del contrato de un arrendamiento de negocio constituirá, en su caso, una pérdida patrimonial procedente de un bien afecto a una actividad económica que se integrará en la base imponible general, al no derivar de la transmisión de un elemento patrimonial.
PLANTEAMIENTO
«A» ha sido arrendatario un local de negocio desde febrero de 2020 hasta octubre de 2020.
Con anterioridad a la firma del contrato de arrendamiento, abonó al arrendador y al previo arrendatario del local una cantidad en concepto de señal del contrato de arrendamiento. Además, a la firma del contrato también abonó una fianza al arrendador del local por importe de 18.000 euros.
Con fecha ...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder