Última revisión
25/03/2026
Caso práctico: ¿Puedo aplicar la reducción del art. 18.2 de la LIRPF al cobrar la indemnización por un ERE si en los cinco años anteriores ya la había aplicado?
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Tiempo de lectura: 10 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/03/2026
¿Cabe la reducción del art. 18.2 de la LIRPF en una indemnización por ERE aunque el contribuyente la hubiera aplicado a otros rendimientos en los cinco años anteriores? En este práctico lo estudiamos.
PLANTEAMIENTO
Un trabajador aplicó en la declaración de la renta de 2022 la reducción del 30 % del artículo 18.2 de la LIRPF a unos rendimientos derivados de la liquidación de un plan de acciones, al tratarse de rendimientos con período de generación superior a dos años.
En 2023 fue despedido de su empresa en el marco de un ERE, percibiendo la indemnización correspondiente de manera fraccionada du...
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