Última revisión
Caso práctico: Delimitación de la responsabilidad médica derivada de una operación estética
Relacionados:
Orden: civil
Fecha última revisión: 13/02/2024
Resumen:
El TS declara que para determinar la responsabilidad por no haber obtenido los resultados esperados en una operación de cirugía estética, se ha de partir de la consideración de que la obligación resultante del ejercicio de la actividad médica no es de resultado, sino que consiste en poner a disposición del paciente los medios adecuados, comprometiéndose a cumplimentar las técnicas previstas para la patología en cuestión y a aplicar dichas técnicas con el cuidado y precisión exigible de acuerdo con las circunstancias y los riesgos inherentes a cada intervención, proporcionando al paciente la información necesaria sobre la intervención.
PLANTEAMIENTO
«A», que padece obesidad mórbida, decidió someterse hace un par de años a dos operaciones de cirugía estética, para operarse las mamas (mamoplastia) y el abdomen (abdominoplastia). …
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