Última revisión
01/01/2024
Caso práctico: ¿Qué tratamiento honorífico debe dársele a un alcalde?
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: administrativo
Fecha última revisión: 01/01/2024
No existe un único tratamiento honorífico para los alcaldes, por lo que habrá que estar a la legislación autonómica de régimen local establecida al efecto, teniendo en cuenta, que conforme al art. 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los alcaldes de los municipios de gran población tienen el tratamiento de Excelencia.
PLANTEAMIENTO
«A» dirige un escrito al alcalde de su municipio. Aunque sabe que un error en el tratamiento de la persona a la cual se dirige no puede ser causa impeditiva para que el mismo se tramite y prospere, desea encabezarlo correctamente. ¿Qué tratamiento debe dársele a un alcalde?
RESPUESTA
Como norma general, se puede decir que no existe un único tratamiento honorífico para los alcaldes y que...
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