Última revisión
20/04/2017
Caso práctico: Registro contable del cobro de una fianza
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Legislación
Tiempo de lectura: 1 min
Orden: contable
Fecha última revisión: 20/04/2017
Resumen:
Una empresa ha alquilado un local a un tercero y este tercero le ha pagado una fianza de 2.000 ? ¿cómo hay que contabilizar? ¿hay que registrarlo en una cuenta de anticipos de clientes?
PLANTEAMIENTO
Una empresa ha alquilado un local a un tercero y este tercero le ha pagado una fianza de 2.000 € ¿cómo hay que contabilizar? ¿hay que registrarlo en una cuenta de anticipos de clientes?
RESPUESTA
No sería correcto registrarlo en la cuenta de anticipos de clientes.
Si el contrato de alquiler dura 1 año hay que registrarlo de la manera siguiente:
| Debe | Haber |
|---|---|
| 2.000 € (572) Bancos | (560) Fianzas recibidas a corto plazo 2.000 € |
Si el contrato de alquiler dura más de 1 año se ha de contabilizar así:
| Debe | Haber |
|---|---|
| 2.000 € (572) Bancos | (180) Fianzas recibidas a largo plazo 2.000 € |
