Última revisión
25/03/2024
Caso práctico: Rendimientos de actividad económica obtenidos en el extranjero y su imputación en el IRPF
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 25/03/2024
Un ciudadano español que realiza unos trabajos en Kuwait por su cuenta y percibe 45.000 euros anuales debe declarar esos ingresos en España, por radicar el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, de forma directa o indirecta en España, a menos que traslade su residencia fiscal a Kuwait. La residencia fiscal en España se rige por el artículo 9 de la LIRPF.
PLANTEAMIENTO
Un español va a realizar unos trabajos en Kuwait por su cuenta, por este trabajo va a obtener 45.000 euros anuales y estará en ese país más de 183 días al año. ¿Tiene que declarar en IRPF en España por los 45.000 euros que va a percibir, o los tendrá que declarar allí?
RESPUESTA
Debe declararlos aquí, a no ser que cambie su residencia fiscal a Kuwait.
La residencia fiscal se establece e...
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