Última revisión
Caso práctico: Responsabilidad por ruina de un edificio
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Orden: civil
Fecha última revisión: 02/01/2024
Resumen:
PLANTEAMIENTO
«A» tiene pegado a su casa un edificio que se encuentra en muy mal estado de conservación, con grietas muy profundas en las paredes y el tejado hundido, que amenaza con caerse. En caso de que se derrumbe, podría provocar daños muy serios en casa de «A», además de que puede dar lugar a daños personales.
¿Puede «A» reclamar al propietario del edificio que lo repare y tome las medidas oportunas antes de que se derrumbe?
RESPUESTA
Sí. Estamos ante un caso de responsabilidad por amenaza de ruina del edificio, regulada en el art. 389 del
«Si un edificio, pared, columna o cualquiera otra construcción amenazase ruina, el propietario estará obligado a su demolición, o a ejecutar las obras necesarias para evitar su caída.
Si no lo verificare el propietario de la obra ruinosa, la Autoridad podrá hacerla demoler a costa del mismo».
En caso de que no se tomen ninguna de estas medidas y la ruina termine por producirse, habría que estar a lo dispuesto en el art. 1907 del
A TENER EN CUENTA.
Responsabilidad civil por daños causados por ruina de los edificios .
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