Última revisión
21/06/2024
Caso práctico: Revisión y caducidad de un arnés anticaídas
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Tiempo de lectura: 6 min
Orden: laboral
Fecha última revisión: 21/06/2024
El Real Decreto 773/1997 establece las obligaciones del empresario en relación con los equipos de protección individual (EPI), incluyendo su mantenimiento y reposición. La caducidad y revisión de los EPI, como los arneses anticaídas, se rigen por la UNE-EN 365:2005 y el Reglamento (UE) 2016/425. La revisión debe ser realizada por una persona competente y puede ser necesaria la devolución al fabricante.
PLANTEAMIENTO
- 1. ¿Cuál es el periodo de tiempo establecido para la caducidad de un arnés anticaídas? ¿Y para su revisión?
- 2. ¿Quién ha de revisarlo?
- 3. ¿Ha de remitirse al fabricante?
RESPUESTA
1. ¿Cuál es el periodo de tiempo establecido para la caducidad de un arnés anticaídas? ¿Y para su revisión?
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a l...
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