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Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Cómo afecta a las vacaciones, pagas extra y salarios un ERTE
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PLANTEAMIENTO
Existe alguna diferencia a la hora de computar vacaciones, pagas extras o salarios en el caso de que en un ERTE de reducción o suspensión de jornada.
- En el caso de un ERTE de reducción de jornada al 50 % durante 3 meses de una persona trabajadora que percibe 12 pagas de 1.400 euros ¿cómo afecta esta situación a las vacaciones?
- En el caso de un ERTE de suspensión de jornada durante 3 meses de una persona trabajadora que percibe 14 pagas de 1.400 euros ¿cómo afecta esta situación a las pagas extraordinarias?
RESPUESTA
En caso de ERTE:
Vacaciones
- ERTE de suspensión: no se devengan vacaciones. Las vacaciones anuales se verán reducidas en función de los días de suspensión.
- ERTE de reducción de jornada: Se siguen devengando vacaciones. No obstante, si se disfrutan se deberán retribuir en proporción a la jornada trabajada durante el año.
Ya que la persona trabajadora sigue prestando servicios se siguen devengando vacaciones. Los días serán los mismos, no obstante, los días de vacaciones se retribuirán computando un salario menor proporcional a la jornada trabajada durante el año).
A modo de ejm:
Salario 1.400 euros brutos (12 pagas)
ERTE de reducción de jornada 50% durante tres meses
Nómina durante el mes de vacaciones:
[(1.400/ 12 meses) x 9 meses] + [((1.400/ 12 meses) x 3 meses) x 50%] = 1050 euros + 175 = 1225 euros.
Pagas extras
- ERTE de suspensión: no se devengan pagas extras. Se reducirán proporcionalmente las cantidades.
- ERTE de reducción de jornada: se cobrarán en proporción a la jornada trabajada durante el período de devengo.
A modo de ejm:
Dos pagas extras/año de 1.400 euros brutos/paga
ERTE de reducción de jornada 50% durante tres meses
Como el contrato ha estado suspendido 3 meses y -salvo especificación por convenio- las pagas extras se generan trabajando todo el año, tendrá derecho a la parte generada durante nueve meses
[(1.400 euros / 12 meses del año) x 9 meses ]= 1.050 euros
Salarios
- ERTE de suspensión: Los trabajadores pueden cobrar el paro
- ERTE de reducción de jornada: Los trabajadores pueden cobrar el paro por la reducción de jornada y en función de su base reguladora
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