Última revisión
Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: Periodo a tener en cuenta para el cálculo de la indemnización por despido después ERTE
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 19/08/2020
Resumen:
PLANTEAMIENTO
Un trabajador que ha estado incluido en ERTE por fuerza Mayor por COVID-19 al que la empresa va a despedir, a la hora de calcular su indemnización por despido
- ¿Debemos tener en cuenta todo el tiempo de contrato o el período en ERTE y por tanto con contrato suspendido no se incluye en dicho cálculo?
RESPUESTA
El tiempo durante el ERTE debe computar a efectos de despido.
Ante la ausencia de especificación normativa concreta, y al tratarse de una suspensión del contrato por una causa ajena a la voluntad del trabajador, hemos de entender que el tiempo de suspensión del contrato de trabajo (o de reducción de la jornada), computa a efectos de antigüedad, y por lo tanto, de despido.
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