Última revisión
Caso práctico: Situación coronavirus Covid-19: ¿Es válida la comunicación individual a los trabajadores de ERTE Fuerza mayor COVID-19 realizada por WhatsApp, email u otras aplicaciones similares?
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Orden: laboral
Fecha última revisión: 18/11/2020
Origen: Iberley
PLANTEAMIENTO
En la tramitación de los ERES ante la situación extraordinaria derivada del coronavirus COVID-19
- ¿La comunicación a las personas trabajadoras del inicio de ERTE Fuerza Mayor COVID-19 podría hacerse mediante correo electrónico?
RESPUESTA
Hemos de entender válida la comunicación a los trabajadores del inicio del expediente mediante un correo electrónico por tratarse de una manera de comunicación admitida.
Recientemente, la SAN, Nº 59/2020, de 29 de Julio de 2020, Ecli: ES:AN:2020:2087, ha dado validez a las comunicaciones telemáticas a las personas trabajadoras relacionadas con el ERTE ante la situación de pandemia. En concreto, las Sala de lo Social asevera:
"(...) el medio empleado por la empresa para informar a los trabajadores acerca de su inclusión en el ERTE por fuerza mayor (WhatsApp, email y otras aplicaciones similares), fue un sistema adecuado atendiendo a las circunstancias concurrentes en ese momento".
ERTE por impedimento y ERTE por limitación COVID-19
Documentación necesaria para realizar un Expediente de Regulación de Empleo