Última revisión
13/04/2026
Caso práctico: ¿Son deducibles en IRPF los gastos derivados de un coworking o centro de negocios?
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Tiempo de lectura: 3 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 13/04/2026
Tributando en estimación directa, los gastos abonados al espacio de coworking, que incluirían el alquiler del despacho y otros servicios adicionales, se considerarán producidos en el ejercicio de la actividad y serán deducibles en el IRPF, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para la deducción.
PLANTEAMIENTO
Una contribuyente que trabaja por cuenta propia ha concertado un contrato con un espacio de coworking, en virtud del cual dispondrá de un espacio en el que desarrollar su actividad profesional y de una serie de servicios adicionales (recepción, limpieza, suministros, etc.) a cambio del pago de una cantidad mensual.
Tributa en estimación directa en el IRPF, así que se pregunta si podrá ...
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