Última revisión
13/02/2024
Caso práctico: Uso y destino de los elementos comunes en una comunidad de propietarios
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Relacionados:
Tiempo de lectura: 1 min
Orden: civil
Fecha última revisión: 13/02/2024
Una comunidad de propietarios puede cobrar por la utilización de determinadas instalaciones comunes y arrendar elementos comunes, siempre que no tengan asignado un uso específico, alcanzando, en ambos casos, los acuerdos necesarios.
PLANTEAMIENTO
1 ¿Puede cobrar la comunidad de propietarios por el uso de un elemento común?
2 ¿Pueden alquilarse los elementos comunes?
RESPUESTA
1 Sí, los estatutos pueden fijar el deber de que los usuarios contribuyan mediante una contribución especifica por la utilización de determinadas instalaciones comunes (por ejemplo, las deportivas) para racionalizar el uso y contribuir a su mantenimiento (...
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a 2 practicos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder