Última revisión
COMUNIDAD VALENCIANA 2017 - DEDUCCIÓN IRPF POR DONACIONES DE BIENES PATRIMONIO CULTURAL VALENCIANO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 17/04/2018
Materia
139879 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - COMUNIDAD VALENCIANA 2017
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano?
Respuesta
Los residentes en la Comunitat Valenciana pueden deducir el 15 por 100 de las donaciones puras y simples efectuadas durante el período impositivo de bienes que, formando parte del Patrimonio Cultural Valenciano, se hallen inscritos en el Inventario General del citado patrimonio, de acuerdo con la normativa legal autonómica vigente, siempre que se realicen a favor de cualquiera de las siguientes entidades:
- La Generalitat Valenciana y las Corporaciones Locales de la Comunitat Valenciana.
- Las entidades públicas de carácter cultural dependientes de cualquiera de las Administraciones Territoriales citadas en el párrafo anterior.
- Las Universidades Públicas y privadas, los centros de investigación y los centros superiores de enseñanzas artísticas de la Comunitat Valenciana.
- Las fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública que cumplan los requisitos establecidos en el artículo
La base de esta deducción, junto a la correspondiente a las deducciones detalladas en las preguntas 1369880, 139881 y 139901, no puede superar el 20 por 100 de la suma de las bases liquidables general y del ahorro.
Normativa/Doctrina
Artículo
Artículo
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria