DECLARACIÓN SIMPLIFICADA - 22. PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN POR CUENTA AJENA
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DECLARACIÓN SIMPLIFICADA - 22. PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN POR CUENTA AJENA

Tiempo de lectura: 3 min

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/03/2022

Origen: AEAT (Informa)

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Materia

144376 - COMERCIO EXTERIOR - DECLARACIÓN SIMPLIFICADA

Pregunta

¿Puedo presentar una solicitud de autorización de declaración simplificada por cuenta de otra persona?

Respuesta

Sí. Para la presentación de la solicitud de declaración simplificada de uso habitual se podrá apoderar de forma expresa a un tercero para que realice la presentación de la solicitud.

Este otorgamiento de poderes a un tercero se podrá realizar:

  • Por Internet, mediante el uso de firma electrónica en sede de la Agencia Tributaria.

Esta opción permite a cualquier obligado tributario, apoderar a un tercero (persona física o jurídica) para que este último (el apoderado) pueda realizar por Internet, con su propio certificado electrónico de usuario, cualquiera de los trámites y actuaciones en materia tributaria, que se encuentren habilitados al efecto, relativos a quien ha otorgado el poder (el poderdante). Se trata de facilitar e incentivar la realización de trámites y actuaciones a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria tanto para obligado tributario como apoderado.

  • Por comparecencia personal del poderdante en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Si el poderdante opta por comparecer personalmente en las Delegaciones y Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para otorgar el apoderamiento a una tercera persona, ello se formalizará mediante el empleo del formulario del Anexo I de la Resolución de 9 de marzo de 2018 (BOE de 19 de marzo de 2018), de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores incapacitados, para la realización de trámites y actuaciones por Internet

Normativa/Doctrina

Art. 18 del Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo.

El artículo 46.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Art. 5 Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero.

Resolución de 18 de mayo de 2010 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realizaci?®n de tr?¢mites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria.¡¡



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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