Última revisión
Caso práctico: Despido improcedente. Antigüedad computable para calcular la indemnización cuando ha existido un contrato de puesta a disposición por empresa de trabajo temporal (ETT).
Relacionados:
Orden: laboral
Fecha última revisión: 12/03/2024
Resumen:
El Tribunal Supremo ha establecido que en situaciones de contratos sucesivos sin solución de continuidad o con interrupciones menores, la antigüedad se cuenta desde el inicio de la prestación de servicios. Esto aplica incluso si inicialmente hubo cesión por una E.T.T. y luego contratación directa. La antigüedad para el cálculo de indemnización por despido se basa en la fecha de la primera contratación, independientemente de la regularidad de los contratos temporales o la recepción de finiquitos e indemnizaciones tras cada contrato.
PLANTEAMIENTO
¿Cuál será la antigüedad computable, a efectos de la indemnización por despido improcedente, que debe reconocerse a una trabajadora que ha prestado sus servicios a la misma empresa, …
Se ha alcanzado el límite semanal de acceso por IP a Prácticos
Para poder acceder al doble de documentos semanales regístrese de manera gratuita:
Registro Gratuito¿Necesita un acceso ilimitado?
Vea aquí nuestras tarifas de suscripciónSi es usted cliente o ya se ha registrado, introduzca sus datos de acceso.
Acceder