Última revisión
NUMERO DE REGISTRO OPERADOR ECONOMICO (EORI) - PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DEL EORI - SOLICITANTE - 10. MULTINACIONALES
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
138284 - NUMERO DE REGISTRO OPERADOR ECONOMICO (EORI) - PROCEDIMIENTO DE OBTENCIÓN DEL EORI - SOLICITANTE
Pregunta
¿Qué sucede en el caso de las multinacionales?
Respuesta
La legislación restringe la asignación de un EORI a aquellos operadores con personalidad jurídica propia e independiente. Por tanto:
a) Si la matriz de la entidad está establecida en algún Estado Miembro de la Unión, será éste el responsable de la asignación del número EORI.
b) Si la matriz corresponde a algún país que no forme parte de la Unión europea, se podrá solicitar la asignación del número EORI ante cualquier Estado Miembro (solamente ante un Estado, que normalmente será aquel en el que realicen la primera operación para la que se requiere disponer de un número EORI)
No obstante, hay que tener en cuenta las especialidades de las sucursales y los establecimientos permanentes.
La legislación nacional de cada Estado Miembro es la que determina si estas entidades tienen capacidad para realizar actos jurídicos a pesar de no tener el estatuto legal de persona jurídica.
Como consecuencia de las diferencias existentes entre dichas legislaciones, las sucursales y establecimientos permanentes serán registrados en algunos Estados Miembros con un EORI propio, mientas que en otros deberán operar con el EORI atribuido a su matriz en el Estado donde esté establecida.
En España, tanto las sucursales como las entidades permanentes de entidades no residentes pueden realizar actos jurídicos, por lo que obtendrán su propio EORI previa solicitud del mismo.
Normativa/Doctrina
Artículo 9 del Reglamento (UE) 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 9 de octubre de 2013 por el que se establece el código aduanero de la Unión (refundición)
Artículos 3 y sg del Reglamento Delegado (UE) 2015/2446 de la Comisión de 28 de julio de 2015 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo con normas de desarrollo relativas a determinadas disposiciones del Código Aduanero de la Unión
Artículos 6 y sg del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión de 24 de noviembre de 2015 por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el código aduanero de la Unión
Resolución de 28 de enero de 2010, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la AEAT, en la que se recoge el procedi- miento para la asignación del número de Registro e Identificación de Operadores Económicos (EORI)
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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