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GALICIA 2020 - DEDUCCIÓN POR OBRAS DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: IMPUTACIÓN
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Materia
143055 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - COMUNIDADES AUTÓNOMAS. DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS - GALICIA 2020
Pregunta
¿Cómo se justifican las cantidades satisfechas por el contribuyente ?
Respuesta
La justificación de las cantidades satisfechas por el contribuyente ha de realizarse mediante las facturas correspondientes a las obras realizadas y sólo se podrá aplicar la deducción la persona en cuyo favor se expidan, salvo en el caso de edificios en régimen de propiedad horizontal.
En el caso de comunidades de vecinos el importe de la factura se distribuirá entre ellos en proporción a su participación en la comunidad.
En el caso de copropiedad, el importe satisfecho se imputará a aquel a cuyo nombre esté la factura salvo que se demuestre que ha sido pagada con cargo a la renta de los comuneros (matrimonios copropietarios de viviendas, etc.)
Normativa/Doctrina
Artículo 5. dieciocho Texto Refundido disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos (introducido por Ley 7/2019) Criterios de la Comunidad Autónoma de Galicia de noviembre de 2020

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria