Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUJETOS PASIVOS - COOPERATIVAS: COMERCIO MENOR EN MERCADILLOS
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
108460 - IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - SUJETOS PASIVOS
Pregunta
¿Quién ostenta la condición de sujeto pasivo en la actividad de comercio menor fuera de establecimiento permanente (en un puesto de un mercadillo municipal) cuyo titular es una persona física que es socia de una cooperativa de trabajo asociado?
Respuesta
- Si quien ordena por cuenta propia la actividad de comercio en ambulancia es la cooperativa, realizando los socios cooperativistas la actividad por cuenta de aquélla, el sujeto pasivo será la cooperativa y no todos y cada uno de dichos cooperativistas.
- Si, por el contrario, los cooperativistas ejercen la actividad por cuenta propia, serán éstos y no la cooperativa los sujetos pasivos.
Así, siempre que estemos ante un supuesto de los descritos en el punto 1 anterior, será la cooperativa quien ostente la condición de sujeto pasivo, sin que los socios cooperativistas tengan que darse de alta, individualmente, cada uno de ellos, por la actividad de comercio menor en ambulancia.
Normativa/Doctrina
Artículo 79 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de Marzo de 2004.
Artículo 84 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 05 de Marzo de 2004.
Artículo 86 Real Decreto Legislativo 2/2004, de 04 de Marzo de 2004.
Regla 4 Instrucción Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de Septiembre de 1990.
DGCHT 1672

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
