INTRASTAT - CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DE LA DECLARACIÓN - CUMPLIMENTACIÓN VIA TELE...EL VALOR ESTADÍSTICO
Prácticos
INTRASTAT - CUMPLIMENTACI...STADÍSTICO

Última revisión

INTRASTAT - CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DE LA DECLARACIÓN - CUMPLIMENTACIÓN VIA TELEMÁTICA - .-CONSIGNACIÓN DEL VALOR ESTADÍSTICO

Tiempo de lectura: 1 min

Relacionados:

Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)

Tiempo de lectura: 1 min


Materia

100028 - INTRASTAT - CUMPLIMENTACIÓN Y ENVÍO DE LA DECLARACIÓN - CUMPLIMENTACIÓN VIA TELEMÁTICA

Pregunta

¿CUANDO HAY QUE DECLARAR EL VALOR ESTADÍSTICO?.

Respuesta

*Es obligatoria la consignación del Valor estadístico, para aquellos operadores que en el ejercicio anterior hubieran superado la cifra de 6.000.0000 en uno o en ambos flujos.

*En el caso de Buques y Aeronaves, el valor estadístico a declarar será el importe total que se facturaría (excluidos los costes de transporte y seguros), en caso de venta o compra de todo el Buque o Aeronave.

Normativa/Doctrina

DISPOSICIONES 11 Y 12 Y 16 DE LA RESOLUCIÓN INTRASTAT 25-01-2005 (BOE 08-02-2005)



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria