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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - ANDALUCÍA 2009 - DEDUCCIÓN POR AYUDA DOMESTICA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
129668 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
¿Quiénes pueden aplicar la deducción autonómica por ayuda doméstica?
Respuesta
Los residentes en Andalucía pueden aplicar una deducción del 15 por 100 de la cuota fija del empleador satisfecha a la Seguridad Social correspondiente a la cotización anual de un empleado del hogar familiar, siempre que constituya su vivienda habitual, cuando a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) se cumplan los siguientes requisitos:
a) En el caso de cónyuges o parejas de hecho:
- Que ambos cónyuges o integrantes de la pareja de hecho perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
- Que la pareja de hecho esté inscrita en el Registro de Parejas de hecho de Andalucía.
Podrá aplicar la deducción el titular del hogar familiar (según la normativa de la Seguridad Social) o su cónyuge o pareja de hecho, pero solo uno de ellos.
b) En el caso de familias monoparentales (madre o padre e hijos menores o mayores incapacitados que convivan con ella o él):
Que el padre o la madre perciban rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
La deducción la aplicará la madre o el padre titular del hogar familiar.Normativa/Doctrina
Artículo 15 y 4 Decreto Legislativo 1/2009, de 01 de septiembre de 2009 de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria