Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2011 - PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO DE MUJERES Y JÓVENES EMPRENDEDORES
Tiempo de lectura: 1 min
Relacionados:
Materia
131280 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - PRINCIPADO DE ASTURIAS 2011
Pregunta
¿Quiénes pueden aplicar la deducción para el fomento del autoempleo de las mujeres y los jóvenes emprendedores?
Respuesta
La deducción puede ser aplicada por los jóvenes emprendedores menores de 30 años en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y las mujeres emprendedoras, cualquiera que sea su edad, sin que pueda aplicarse por ambos conceptos.
El importe de la deducción es de 172 euros.
Se consideran mujeres y jóvenes emprendedores aquellos que causen alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores por primera vez durante el período impositivo y mantengan esa situación durante un año natural, siempre que la actividad se desarrolle en el Principado de Asturias.
La deducción se aplicará en el período impositivo en el que se cause alta en el censo por primera vez.
En tributación conjunta la deducción se aplicará por cada persona que cumpla los requisitos exigidos.
Para una misma persona esta deducción es incompatible con la de fomento del autoempleo.Normativa/Doctrina
Artículo 2. Sexta Ley 13/2010, de 28 de diciembre, del Principado de Asturias.

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria