Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CASTILLA Y LEÓN 2007 - DEDUCCIÓN RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO Y NATURAL
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
127063 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
¿Existe alguna deducción en la Comunidad Autónoma de Castilla y León por las cantidades que destinen los titulares del patrimonio histórico artístico y natural de Castilla y León a su recuperación?
Respuesta
Sí. Los contribuyentes residentes en Castilla y León pueden deducir el 15% de las cantidades invertidas con las siguientes finalidades:
1) Las cantidades destinadas por los titulares de bienes inmuebles a la restauración, rehabilitación o reparación de los mismos, siempre que el inmueble esté situado en Castilla y León y se cumplan las siguientes condiciones:
a) que el inmueble esté inscrito en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o afectados por la declaracion de Bien de Interés Cultural o inventariados de acuerdo con la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, debiendo cumplirse las condiciones del artículo
b) que las obras hayan sido autorizadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, de la Administración del Estado o, en su caso, del Ayuntamiento correspondiente.
2) Las cantidades destinadas por los titulares de bienes naturales ubicados en Espacios Naturales y lugares integrados en la Red Natura 2000 sitos en Castilla y León, siempre que las actuaciones hayan sido autorizadas o informadas favorablemente por el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Normativa/Doctrina
Artículo 12
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria