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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CASTILLA Y LEÓN 2010 - DEDUCCIÓN POR ADOPCIÓN INTERNACIONAL
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130346 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - CASTILLA Y LEÓN 2010
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por adopción internacional?
Respuesta
Los residentes en Castilla y León podrán deducirse 625 euros por cada hijo adoptado en el período impositivo en el que se haya inscrito la adopción en el Registro Civil, siempre que se trate de una adopción de carácter internacional.
Se entenderá que la adopción tiene carácter internacional cuando se realice según la legislación vigente y de acuerdo con los tratados y convenios suscritos por España.
Cuando exista más de un contribuyente con derecho a aplicar esta deducción, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales.
Esta deducción es compatible con la deducción por nacimiento o adopción de hijos.Normativa/Doctrina
Artículo 5 Decreto Legislativo 1/2008, de 25 de septiembre, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria