Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS 2013 Y 2014 - CASTILLA Y LEÓN 2013 - DEDUCCIÓN POR CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR
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Tiempo de lectura: 2 min
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
133504 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTÓNOMICAS 2013 Y 2014 - CASTILLA Y LEÓN 2013
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por cuotas a la Seguridad Social de empledos del hogar?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en la Comunidad Autónoma de Castilla y León que en la fecha de devengo del impuesto (normalmente el 31 de diciembre)tengan un hijo menor de 4 años, al que sea aplicable el mínimo por descendientes, pueden deducir el 15 por 100 de las cantidades por ellos satisfechas en el periodo impositivo por las cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Régimen Especial para Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con el límite máximo de 300 euros.
Para aplicar esta deducción la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no puede superar la cuantía de 18.900 euros, si la tributación es individual, o 31.500 euros en caso de tributación conjunta.
Cuando exista más de un contribuyente con derecho a la deducción, su importe se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
Si el contribuyente carece de cuota íntegra suficiente para poder aplicar el importe total de la deducción, la cuantía no deducida podrá aplicarse en los tres ejercicios siguientes hasta agotar dicho importe total, al cabo de los cuales podrá solicitar el abono de la cantidad que reste por aplicar.
Normativa/Doctrina
Art. 5.2) y 10

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
