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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CASTILLA-LA MANCHA 2012 - DEDUCCIÓN PARA EL FOMENTO DEL AUTOEMPLEO
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132156 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - CASTILLA-LA MANCHA 2012
Pregunta
¿En quá consiste la deducción autonómica de Castilla-La Mancha para el fomento del autoempleo?
Respuesta
Los contribuyentes residentes en Castilla-La Mancha menores de 36 años y las mujeres, cualquiera que sea su edad, que causen alta por primera vez en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y mantengan dicha situación de alta durante un año, podrán deducirse 500 euros, siempre que la actividad empresarial o profesional se desarrolle principalmente en el territorio de la Comunidad Autónoma.
Tratándose de tributación conjunta, la cuantía de la deducción será de 500 euros por cada miembro de la unidad familiar que cumpla los requisitos exigidos.
Como regla general, la deducción será de aplicación por una sóla vez en el año en el que se produzca el alta en el citado Censo por primera vez.
No obstante, en el caso de que el no haya cuota íntegra autonómica suficiente para aplicar el total de la deducción en el periodo impositivo del alta en el Censo, siempre que la misma se haya producido en el año 2012 o posteriores, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres periodos impositivos siguientes hasta agotar, en su caso, el importe restante de la deducción. En este caso, será requisito necesario que el contribuyente mantenga la situación de alta en el Censo y que la deducción pendiente se aplique de forma preferentes en el primer periodo impositivo en el que exista cuota íntegra autonómica suficiente.
Normativa/Doctrina
Art. 7.bis de la

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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