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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - CATALUÑA 2010 - DEDUCCIÓN POR CONTRIBUYENTES QUE SE QUEDEN VIUDOS: DESCENDIENTES
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Materia
130372 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - CATALUÑA 2010
Pregunta
La deducción por contribuyentes que se queden viudos (as) es, con carácter general, de 150 euros. No obstante, si el contribuyente que se queda viudo (a) tiene a su cargo a uno o más descendientes que computen a efectos de aplicar el mínimo familiar por descendientes, la deducción es de 300 euros. A efectos de poder aplicar la cuantía incrementada de la deducción:
a) Si el descendiente presenta declaración con rentas superiores a 1.800 euros ¿se tomaría en consideración?
b) ¿las personas vinculadas al contribuyente por tutela o acogimiento se asimilan a los descendientes?
Respuesta
Cuando los descendientes a cargo del viudo presenten declaración por el impuesto con rentas superiores a 1.800 euros, no podrán computarse a efectos de poder aplicar la cuantía incrementada de la deducción.
Las personas vinculadas al contribuyente por tutela o acogimiento se asimilan a descendientes a los efectos de poder aplicar el importe incrementado de la deducción.
Normativa/Doctrina
Artículo 1 Ley 7/2004, de 16 de julio de 2004 de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Informe de la Comunidad Autónoma de 23 de diciembre de 2004

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria