Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - COMUNIDAD VALENCIANA 2008 - DEDUCCIONES POR GASTOS DE GUARDERÍA/NAC. HIJOS:FALLECE EL TITULAR
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
129415 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
Si durante el ejercicio se hubiera producido el fallecimiento del titular de las deducciones por gastos de guarderías y por el nacimiento o adopción de hijos en los dos años siguientes al nacimiento o a la adopción ¿cómo se determina el derecho a su aplicación?
Respuesta
A efectos de determinar el derecho a aplicar las deducciones citadas en la pregunta, la cuantía de la base liquidable que permite su aplicación será el resultado de prorratear el importe de 27.245 euros en función de la duración del período impositivo.
No se prorratea el límite máximo establecido con respecto a la deducción por gastos de guardería.
Normativa/Doctrina
Artículo
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria