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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES GENERALES EXCEPTO VIVIENDA HABITUAL - DEDUCCIÓN POR OBRAS DE MEJORA EN VIVIENDA - SUBVENCION PARA OBRA DE MEJORA
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
131934 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
Contribuyente que en 2011 realiza unas obras para el cambio de ventanas, acogiéndose al Plan Renove de ventanas, previsto en su Comunidad Autónoma, para la mejora y rehabilitación de su vivienda con nuevas ventanas que proporcionen aislamiento térmico.
¿Puede aplicar la deducción por obras de mejora en la vivienda tanto por el importe que satisfaga por las obras de instalación de nuevas ventanas como por la subvención recibida? ¿Cómo tributa la subvención recibida del Plan Renove?
Respuesta
Las subvenciones indicadas son obtenidas por los beneficiarios en forma de descuento que, en la factura de adquisición e instalación de los bienes, les aplican las entidades colaboradoras del programa, las cuales tramitan la subvención en representación del beneficiario, aplicándola en la factura.
De acuerdo con el artículo 33.1 de la Ley de IRPF, son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos. De forma que la subvención derivada del Plan Renove de ventanas constituirá para su beneficiario una ganancia patrimonial y formará parte de la renta general, al tratarse de una ganancia patrimonial que no deriva de la transmisión de un elemento patrimonial.
Por otra parte, al ser el contribuyente el beneficiario de la ayuda, la cuantía de la subvención recibida formará parte de la base de deducción por tener la consideración de cantidad satisfecha por las obras de sustitución de ventanas.
Por tanto, formarán parte de la base de deducción por obras de mejora, tanto el importe abonado efectivamente por el contribuyente como la cuantía de la subvención recibida, siempre que se cumplan los requisitos previstos en la normativa y sin perjuicio de la aplicación de los indicados límites de base máxima anual y base máxima acumulada de deducción.
Normativa/Doctrina
Artículo
Disposición adicional Vigésima novena
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1878 - 2011, de 28 de julio de 2011
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria