Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2007 - DEDUCCIÓN POR GASTOS DE CONSERVACIÓN BIENES PATRIMONIO CULTURAL
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
127802 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
Los titulares de bienes del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura ¿ pueden aplicar alguna deducción por los gastos realizados en la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de dichos bienes?
Respuesta
Si. Los titulares de bienes del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño que residan en la Comunidad Autónoma de Extremadura, pueden deducir el 5% de las cantidades destinadas a la conservación, reparación, restauración, difusión y exposición de dichos bienes, siempre que puedan ser visitados por el publico.
El importe de esta deducción y el de la referencia 127801, no podrá exceder en conjunto de 300 euros.
Normativa/Doctrina
Artículo 3
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria