IMPUESTO SOBRE LA RENTA H... MÚLTIPLES

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - EXTREMADURA 2012 - DEDUCCIÓN POR PARTOS MÚLTIPLES

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Resumen:
DEDUCCIÓN POR PARTOS MÚLTIPLES

Materia

132260 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - EXTREMADURA 2012

Pregunta

¿En qué consiste la deducción autonómica por partos múltiples?

Respuesta

En el caso de partos múltiples, los contribuyentes residentes en Extremadura pueden aplicar una deducción de 300 euros por cada hijo nacido en el período impositivo, siempre que la suma de las bases imponibles general y del ahorro no sea superior a 19.000 euros en caso de tributación individual o a 24.000 euros en caso de tributación conjunta.

Sólo tienen derecho a practicar la deducción los padres que convivan con los hijos nacidos. Cuando los hijos nacidos convivan con ambos progenitores el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos si optaran por tributación individual. Las anteriores circunstancias se entenderán referidas a la fecha de devengo del impuesto (normalmente el 31 de diciembre).

Normativa/Doctrina

Artículo 7 Ley 19/2010, de 28 de diciembre de 2010 de medidas tributarias y administrativas de Extremadura.



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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