Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GALICIA 2009 - DEDUCCIÓN POR FAMILIA NUMEROSA
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
129818 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - GALICIA 2009
Pregunta
¿En qué consiste la deducción autonómica por familia numerosa?
Respuesta
Los residentes en Galicia que ostenten el título de familia numerosa en la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) pueden deducir las siguientes cantidades:
- 250 euros, en el caso de familia numerosa de categoría general.
- 400 euros, en el caso de familia numerosa de categoría especial.
Cuando alguno de los cónyuges o descendientes a los que sea de aplicación el mínimo personal y familiar del impuesto tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100, la cuantía de la deducción será de 500 (para familias numerosas de categoría general) y de 800 euros (para familias numerosas de categoría especial).
La deducción la aplicará el contribuyente con quien convivan los restantes miembros de la familia numerosa. Cuando los hijos convivan con más de un contribuyente, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales.Normativa/Doctrina
Artículo 1.Uno. 2 Ley 14/2004, de 29 de diciembre, de la Comunidad de Galicia, redactado por Ley 14/2006

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
