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IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - GALICIA 2012 - DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL:DEPÓSITO DE LA FIANZA
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Materia
132191 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - DEDUCCIONES AUTONÓMICAS (HASTA 2012) - GALICIA 2012
Pregunta
Posibilidad de aplicar la deducción autonómica por alquiler de la vivienda habitual en los siguientes casos:
a) Si el arrendatario ha satisfecho la fianza al arrendador y éste no la ha depositado.
b) Si el depósito de la fianza se constituye en un momento posterior a la celebración del contrato, incluso después de finalizar el año.
Respuesta
Si no se ha efectuado el depósito de la fianza no puede aplicarse la deducción autonómica por arrendamiento de la vivienda habitual, aunque el arrendatario haya satisfecho la fianza al arrendador.
La realización del depósito de la fianza con posterioridad a la celebración del contrato no impide aplicar la deducción, siempre que se efectué antes de la finalización del período impositivo.
Normativa/Doctrina
Artículo 5. Siete Texto Refundido disposiciones legales de Galicia en materia de tributos cedidos (Decreto legislativo 1/2011) Artículo 36 Ley 29/1994, de 24 de noviembre de 1994, de Arrendamientos Urbanos.
Informe de la Comunidad Autónoma de enero de 2005

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria