IMPUESTO SOBRE LA RENTA H...Y FAMILIAR

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - PERÍODO IMPOSITIVO Y DEVENGO - PERÍODO IMPOSITIVO INFERIOR AL AÑO: MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Resumen:
PERÍODO IMPOSITIVO INFERIOR AL AÑO: MÍNIMO PERSONAL Y FAMILIAR

Materia

126333 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - PERÍODO IMPOSITIVO Y DEVENGO

Pregunta

En el supuesto de período impositivo inferior al año por fallecimiento de un contribuyente. ¿Cómo tiene que aplicarse el mínimo personal y familiar en la declaración del fallecido?

Respuesta

Cuando el período impositivo sea inferior al año natural, los límites y cuantías establecidos con carácter general en la normativa del impuesto no se prorratean, dado que no se contempla el prorrateo en este caso.

Por tanto en la declaración del fallecido se computará el importe total al que tenga derecho el contribuyente por mínimo personal y mínimo familiar en la fecha del fallecimiento, sin tener en cuenta la duración del período impositivo.

Normativa/Doctrina

Artículo 57 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Artículo 58 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Informe D.G.T. de 17 de Marzo de 2000



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
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