IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDAD...TILIZACIÓN EXCLUSIVA
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IMPUESTO SOBRE LA RENTA H... EXCLUSIVA

Última revisión
01/01/2017

IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - ELEMENTOS PATRIMONIALES AFECTOS - ELEMENTOS AFECTOS: UTILIZACIÓN EXCLUSIVA

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Orden: fiscal

Fecha última revisión: 01/01/2017

Origen: AEAT (Informa)


Materia

126522 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS - ELEMENTOS PATRIMONIALES AFECTOS

Pregunta

Para que un elemento patrimonial se considere afecto a una actividad económica, ¿Es necesario que se utilice exclusivamente en el ejercicio de la actividad, para los fines de la misma?

Respuesta

Sí. No pueden entenderse afectos a una actividad económica aquellos elementos que se utilicen simultáneamente para actividades económicas y para necesidades privadas. No obstante, existen dos excepciones:

  1. Cuando se trate de bienes divisibles, se entenderán afectos en la parte que realmente se utilice en la actividad (ver pregunta 126520).
  2. Cuando la utilización para necesidades privadas, sea accesoria y notoriamente irrelevante. Se considerarán utilizados para necesidades privadas de forma accesoria y notoriamente irrelevante los bienes del inmovilizado adquiridos y utilizados para el desarrollo de la actividad económica que se destinen al uso personal del contribuyente en días u horas inhábiles durante los cuales se interrumpa el ejercicio de dicha actividad.
    Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación a los automóviles de turismo y sus remolques, ciclomotores, motocicletas, aeronaves o embarcaciones deportivas o de recreo, salvo las excepciones que se señalan en la pregunta 126523.

Tampoco puede considerarse afectos, aquellos siendo de la titularidad del contribuyente, no figuren en la contabilidad o registros oficiales de la actividad económica que esté obligado a llevar el contribuyente, salvo prueba en contrario.

Normativa/Doctrina

Artículo 29 .2 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.

Artículo 22 .3 Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo de 2007.

Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0999 - 2009, de 07 de mayo de 2009



Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria

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