Última revisión
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - REDUCCIÓN POR RENDIMIENTOS IRREGULARES - RESOLUCION VOLUNTARIA CONTRATO LABORAL: COBRO FRACCIONADO
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
126429 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014
Pregunta
Se pacta con la empresa la rescisión voluntaria del contrato de trabajo, a cobrar en tres años, por haber trabajado durante 8 años. Al incumplirse el requisito de imputar en único período impositivo, ¿pierde la consideración de irregular?
Respuesta
Sí. Los rendimientos citados son cantidades satisfechas por la empresa por la resolución de mutuo acuerdo de la relación laboral, recogidas en el apartado 1 del artículo 11 del Reglamento, que solo se consideran obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, a efectos de poder aplicar la reducción del 40%, cuando se imputen en un único periodo impositivo.
La posibilidad de aplicar la reducción cuando se perciban de forma fraccionada, solo se aplica a los que tengan un período de generación superior a dos años, recogidos en el apartado 2 del articulo 11 del Reglamento, pero no a los obtenidos de forma notoriamente irregular del apartado 1.
Normativa/Doctrina
Artículo
Artículo 11 Real Decreto Legislativo 439/2007, de 30 de marzo de 2007.
Consulta de la D.G.T. 0851 - 2000, de 14 de abril de 2000
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0771 - 2009, de 13 de abril de 2009
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0408 - 2010, de 05 de marzo de 2010
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria