Última revisión
01/01/2017
IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE - VEHÍCULO: EN LEASING
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Orden: fiscal
Fecha última revisión: 01/01/2017
Materia
126413 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA HASTA 31/12/2014 LEY 35/2006 - RENDIMIENTOS DEL TRABAJO - RETRIBUCIONES EN ESPECIE
Pregunta
¿Cómo debe valorarse la utilización por un trabajador, para su uso particular, de un vehículo que no es propiedad de la empresa, sino que esta lo tiene en leasing?
Respuesta
Cuando la empresa ceda a sus empleados vehículos que no son de su propiedad (leasing, renting ...) el valor de la retribución cada año será el resultado de aplicar sobre el valor de mercado que correspondería al vehículo si fuese nuevo el 20% anual. Dicho valor de mercado será cada año el que corresponda al período impositivo en que se celebró el contrato. Si posteriormente la empresa ejerce la opción de compra se computara el 20% del coste de adquisición que será el valor al contado del bien, más los tributos que graven la operación.
Normativa/Doctrina
Artículo 43 .1.1º.b) Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2006.
Consulta de la D.G.T. 0369 - 2004, de 29 de Febrero de 2004
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0552 - 2009, de 23 de marzo de 2009

Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria
