Última revisión
IRPF - BANCO POPULAR: OBLIGACIONISTAS QUE ACEPTEN BONOS
Relacionados:
Orden: fiscal
Fecha última revisión: 12/12/1990
Origen: AEAT (Informa)
Materia
140216 - IMPUESTO SOBRE LA RENTA DESDE 01/01/2015 LEYES 35/2006 Y 26/2014 - RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO - RENDIMIENTOS CESION A TERCEROS DE CAPITALES PROPIOS
Pregunta
¿Qué tipo de rendimientos se generan para los obligacionistas del Banco Popular que como consecuencia de su resolución acepten Bonos de fidelización del Banco Santander?
Respuesta
La amortización de las obligaciones del Banco Popular Español S.A genera un rendimiento del capital mobiliario negativo derivado de la transmisión de activos financieros y se computará por la diferencia entre el valor de transmisión (cero) y el valor de adquisición de los títulos, a integrar en la base imponible del ahorro.
La entrega de los bonos de fidelización a los obligacionistas en compensación por dicho rendimiento del capital mobiliario negativo genera un rendimiento del capital mobiliario por su valor normal de mercado, sometido a ingreso a cuenta que es repercutido al adquirente, que se integrará en la base imponible del ahorro, lo que posibilita la compensación del rendimiento negativo anterior-
Los intereses trimestrales que perciban por los mismos y, los importes que se perciban de la futura venta de los bonos de fidelización, generarán rendimientos del capital mobiliario, computándose los intereses por su importe íntegro, y la venta de los bonos por la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición, que será el valor de mercado señalado en el párrafo anterior.
Normativa/Doctrina
Artículo 25 .2 Ley 35/2006, de 28 de noviembre de 2016, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas . Consulta Vinculante de la D.G.T. V 3217 - 17
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 3258 - 17
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 3212 - 17
Fuente de la Consulta: Informa. Agencia Tributaria